CHOLULA.- A raíz de la sentencia
dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el pasado 29 de
enero, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó que los
matrimonios que estén conformados por personas del mismo sexo serán sujetos de
afiliación al régimen ordinario.
Este cambio
de políticas en el organismo de salud refiere a la otorgación de las mismas
prestaciones y beneficios que de los que hasta ahora gozan los cónyuges heterosexuales
inscritos al Seguro Social.
Con dicha
resolución y sin encontrarse en una reforma a las leyes actuales, el IMSS
permitirá también que los viudos de parejas homosexuales puedan ser favorecidos
en el recibimiento de pensiones ofrecidas por la institución a los
beneficiarios de las pólizas de los actuales afiliados.
El trámite
de inscripción responde a “la interpretación realizada por la Suprema Corte a
la Ley del Seguro Social, en el sentido de que aun cuando la ley hace
diferencias en razón de género, debe entenderse que también protege a dichos
matrimonios, lo cual respeta el principio por persona, establecido en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

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