* Si existe
la justicia, le deberán regresar su dinero
Por
Epigmenio ROJAS CASTRO

Fue el
Juzgado Primero de Distrito en Materia de Amparo Penal, quien otorgó el amparo,
puesto que se viola en todo momento el artículo 16 Constitucional.
Todo inició
cuando un particular, cansado de estar recibiendo las “foto-multas”, fueron 6
en total, las cuales estuvo pagando, decidió promover un amparo, y así fue como
en el Juzgado Primero de Distrito en Materia de Amparo Penal, empezó el
procedimiento, quedando radicado en el expediente 100/2015, dentro del cual se
concedió la protección federal.
En el
expediente se informa que en diversas fechas las cámaras colocadas en diversas
vialidades de Puebla captaron a la unidad del quejoso en exceso de velocidad y
registraron las siguientes boletas de infracción: 10421277, 10464903, 10516323,
10540831, 10544385 y 10578725.
Como la
Secretaría de Finanzas, nunca notificó de la existencia de dichas cámaras,
consecuentemente viola el artículo 16 Constitucional, y el artículo 68 del
Reglamento de Vialidad del Estado, haciendo el cobro respectivo de dichas
infracciones.
Se ha
ordenado a la Secretaría de Finanzas, reintegre el monto de dichas
infracciones.
0 comentarios:
Publicar un comentario