* Jueces
podrían intervenir de oficio, en caso de que uno de los padres impida al otro
ver a sus hijos
PUEBLA.- La iniciativa de reforma al
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla, presentada por el
diputado Ignacio Alvízar Linares, ante el Congreso del Estado, pretende
proteger los derechos del menor, en los casos de que alguno de los padres
divorciados impidan al otro su convivencia.
El
legislador de Movimiento Ciudadano estableció que toda persona tiene derecho a
un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, de manera que es el
Estado el que garantizará el respeto a este derecho.
Es el Estado
quien debe velar y cumplir con el principio del interés superior de la niñez,
garantizando de manera plena derechos como la satisfacción de sus necesidades
de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo
integral.
La importancia
de la iniciativa presentada al pleno de la LIX , se basa en que cifras
oficiales a nivel nacional, relevan que los divorcios aumentan sustancialmente
año con año; mientras en 2010, quince de cada 100 parejas se divorciaban; en
2013, el promedio ascendió a veinte de cada 100.
Tan solo en
Puebla, en 2012 hubo 2 mil 892 divorcios; de ellos solo 246 fueron
administrativos y 2 mil 646 fueron de carácter judicial. Es decir, las
separaciones de pareja, no siempre son en los mejores términos, expuso.
Con la
reforma buscamos que se establezca la sanción para aquel padre o aquella madre
que, teniendo la patria potestad, no permita la convivencia que el juez haya
decretado, una vez determinada la separación de la pareja, planteó el también
coordinador del grupo parlamentario de MC.
El derecho
de visita y convivencia debe ser inviolable, no respetarlo atenta contra la
protección del menor, su estabilidad personal y emocional; altera negativamente
el afecto, la presencia personal, el respaldo moral y el respeto a su persona e
intimidad, señala en su iniciativa.
Consideramos
que el Juez debe estar facultado para intervenir de oficio en los asuntos que
afecten a la familia, especialmente tratándose de menores, alimentos,
convivencia y cuestiones relacionadas con violencia familiar, concluye.
La
iniciativa con proyecto de decreto adiciona un segundo, tercero y cuarto
párrafo al artículo 683 fracción IX de dicho código.
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