La SCJN da por terminadas las controversias constitucionales en contra
de la reforma para proteger el derecho al agua de todas las personas
PUEBLA. - La Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN) sobreseyó las controversias promovidas por los
municipios de Ajalpan, Coronango, Coxcatlán, San Pedro Cholula, Tlaltenango y
Zoquitlán, que se consideraron agraviados por la reforma a la fracción VI del Artículo
12 de la Constitución del Estado, que consignó el derecho fundamental al agua.
El pasado 03 de marzo de este año, fue presentada una segunda
Iniciativa de Reforma al Artículo 12, fracción VI, de la Constitución del
Estado. En la motivación de esa reforma se dijo que la autonomía de los
municipios y su libertad, así como la libre determinación y autonomía de los
pueblos y comunidades indígenas, nunca estuvo a discusión.
Se propuso la reformulación del artículo para reafirmar que las leyes
poblanas deben ocuparse en proteger el derecho al agua.
La iniciativa fue aprobada.
Con lo anterior la SCJN consideró que esta iniciativa dejó sin materia
todas las controversias presentadas y las dio por terminadas, porque la misma
reforma eliminó la posibilidad de discusión que plantearon los ayuntamientos
inconformes.
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