* Con la
presente reforma se armonizan y homologan las disposiciones fundamentales
locales con las constitucionales y generales en la materia
SAN ANDRES.- El Honorable Ayuntamiento
de San Andrés Cholula, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 140 y
141 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, tuvo
sesión extraordinaria de cabildo, el día 15 de Julio de 2015, aprobando la Minuta
Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas
disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla
en materia político electoral, aprobada en Sesión Pública Ordinaria de la
Quincuagésima Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y
Soberano de Puebla, con fecha del 9 de Julio de 2015.
Dicha
reforma, obedece a las recientes realizadas a la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en materia político electoral, publicadas el 10 de
febrero de 2014 en el Diario Oficial de la Federación, a la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General de Partidos
Políticos, ambas publicadas en el Diario Oficial el pasado 23 de mayo de 2014.
En
consecuencia, con la presente reforma se armonizan y homologan las
disposiciones fundamentales locales con las constitucionales y generales en la
materia, adoptándose las reglas aplicables en materia de paridad de género;
cancelación de registro de partidos políticos; duración de campañas y
precampañas; candidaturas independientes; la posibilidad de la reelección de
representantes políticos; así como las cuestiones de forma, necesarios para que
la Constitución Local disponga de bases actualizadas con las que la legislación
electoral regirá los procedimientos, para la renovación de los poderes públicos
y de los ayuntamientos del estado.
En este
sentido, el H. Ayuntamiento de San Andrés Cholula en un marco de respeto
irrestricto al orden constitucional, con plena autonomía y compromiso social,
tuvo a bien en aprobar dicha minuta, toda vez que la presente reforma contiene
los elementos para comprender y corresponder con las disposiciones
constitucionales y legales, para otorgar certidumbre a la sociedad y a los
participantes de la vida electoral en el estado de Puebla.
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